Las normas de identidad y pureza de los edulcorantes utilizados en los productos alimenticios han sido modificadas por un real decreto aprobado en el último Consejo de Ministros. La nueva norma deroga el anterior decreto vigente hasta la fecha y se adapta a la legislación europea en esta materia.
Este real decreto incluye una relación de los aditivos edulcorantes autorizados para su uso en la elaboración de productos alimenticios -como sorbitol, xilitol, isomalt o los distintos tipos de sacarina- señalando, para cada uno de ellos, su denominación, descripción, identificación y la pureza con que se permite su utilización.
El incumplimiento de esta norma conllevará la correspondiente sanción administrativa establecida en la Ley General de Sanidad. Además, se considerarán como ''graves'' las infracciones por incumplimiento de estos parámetros que puedan tener ''incidencia directa para la salud pública''.
La nueva normativa pretende ''clarificar y racionalizar'' la legislación existente sobre edulcorantes para alcanzar una mayor seguridad jurídica en consonancia con las normas comunitarias, que también han sufrido diversas modificaciones que dieron lugar a una nueva directiva comunitaria en 2008.
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