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Argentina

Dulce de leche

Eliminan retenciones a la exportación de dulce de leche

El Gobierno elimina el derecho de exportación de 5% que regía para las ventas al exterior de dulce de leche, al incorporar el producto a la nómina de productos lácteos con retenciones cero.

16/03/2009 Portal lechero

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El Gobierno eliminó el derecho de exportación de 5% que regía para las ventas al exterior de dulce de leche, al incorporar al producto a la nómina de productos lácteos con retenciones cero, dispuesta a principios de esta semana.

La Resolución Conjunta 65 y 88/09 de los ministerios de Producción y de Economía, publicada hoy en el Boletín Oficial, incorporó a la posición arancelaria 1901.90.20 a la modificación de los derechos de exportación para un conjunto de mercaderías pertenecientes al sector lácteo que se introdujo el lunes pasado.

En los considerandos se apuntó que ''el Gobierno nacional ha previsto instrumentos que tienden a la flexibilización, armonización y al cambio de políticas sectoriales que permitan asegurar el mantenimiento del empleo y la producción''.

Asimismo, se remarcó que ''es política del Estado nacional incentivar las exportaciones de productos de valor agregado, garantizando asimismo el adecuado abastecimiento del mercado interno''.

''La situación excepcional por la cual se encuentra atravesando el mercado lácteo internacional, caracterizada por la baja de los precios y la disminución de la demanda, motiva la revisión de los derechos de exportación vigentes'', se indicó.

Por otra parte, la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario (ONCCA) modificó la Resolución 3433/08 que estableció el procedimiento para el trámite de inscripción en el Registro de Operaciones de Exportación ''Roe Rojo'', a fin de precisar información respecto del encaje productivo exportador.

Mediante la Resolución 2360/09, también publicada hoy en el Boletín Oficial, la ONCCA introdujo las modificaciones, tras detectar que se hacía mención al encaje productivo exportador de 75%, que fue reducido esta semana a 65%.

''En virtud de ello y a efectos de evitar interpretaciones erróneas'', el organismo corrigió el porcentaje al 65% que rige actualmente.

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