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Normativa

Cuestionada la NOM del yogurt

Cofocalec y ganaderos cuestionan la NOM del yogurt, advierten que con ella hay apertura para que el producto de sabores se venda como ‘adulterado’.

05/01/2011 Lecheria Latina

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El organismo certificador hizo una serie de objeciones técnicas al proyecto de esta norma sin obtener respuesta.

La reciente publicación de la Norma Oficial Mexicana (NOM181 SCFI) del yogurt, es motivo de inconformidad de parte de varios integrantes de la cadena de los derivados de la leche, como el caso del sector ganadero de Jalisco y de un organismo certificador: el Consejo para el Fomento de la Calidad de la Leche y sus Derivados (Cofocalec).

Así coincidieron el presidente de la Unión Ganadera Regional de Jalisco (UGRJ), Andrés Ramos Canom, y el director del Cofocalec, Sergio Soltero Gardea, quienes detallaron que la forma en que se hizo la redacción final de esta NOM no correspondió a la expectativa del marco regulador del yogurt, sobre todo en el caso del producto saborizado que es el que más se consume en el mercado.

Ambas fuentes resaltan que en la redacción actual de la NOM 181SCFI, se deja la puerta abierta para que el yogurt de sabores se venda como “un producto adulterado”, puesto que se permitiría un menor contenido de leche natural.

Ramos Cano incluso señaló que su gremio ha interpuesto por escrito (en el tiempo hábil para hacer valer argumentos técnicos) su inconformidad porque esta norma deja un margen muy amplio para que en vez de un mayor contenido de leche en el yogurt, en el producto de sabores se permita al industrial añadir grandes cantidades de fruta, lo que sería un riesgo permanente de menor consumo de leche natural.

Por su parte, Sergio Soltero precisó que a lo largo del periodo de consulta pública de esta NOM, el Cofocalec hizo una serie de objeciones técnicas al proyecto de esta norma, sin que se haya tenido las respuestas específicas a estos planteamientos.

Este entrevistado resaltó que la autorización de utilizar hasta “50 por ciento de sólidos en el yogurt de sabores, se presta al empleo legalizado de extensores y adulterantes”. Además, cuestionó el propósito expresado en la NOM181 SCFI de que la autoridad vigile el estado de la base del yogurt blanco, antes de su mezcla para convertirlo en producto con sabor”, si se consideran las limitaciones de la autoridad en materia de vigilancia.

Incluso, puntualizó que el Cofocalec está inconforme con el señalamiento de que participó en la NOM del yogurt, dado que esta expresión se prestaría a que se piense que se avaló la redacción final de esta norma, a pesar de que se cuestiona su redacción final, “dado que el Cofocalec no fue parte del proceso de la elaboración de esta NOM”.

Para saber
Durante 2010, también se aprobó la NOM243 SSA, la que sustituye a otras disposiciones en materia de requisitos sanitarios de alimentos consumo generalizado.

También se elaboró la Norma Mexicana (Nmx 731) de la crema de leche de carácter voluntario.

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