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ESPAÑA

Complementos alimenticios

Nutraveris, entrevista a Cédric Bourges

El director general del gabinete de investigación científica y normativa NUTRAVERIS desvela algunos puntos clave de la entrada en vigor de esta normativa.

24/07/2012 UBIFRANCE ESPAÑA

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Tan solo una lista de 222 declaraciones ha sido aprobada, frente a las 2.758 solicitudes evaluadas.



Cédric BOURGES, Director general del gabinete de investigación científica y normativa NUTRAVERIS.

 

Hace tan solo unos meses, los profesionales de la industria alimentaria y afines seguían pensando que la gran reforma del Reglamento CE Nº1924/2006, acerca de las declaraciones nutricionales y propiedades saludables de los alimentos, no llegaría nunca.

Cédric BOURGES, Director general del gabinete de investigación científica y normativa NUTRAVERIS, especializado en el mercado de la nutrición saludable en Europa, desvela algunos puntos clave de la entrada en vigor de esta normativa.

¿Cómo repercutirá en el sector de los complementos alimenticios la entrada en vigor de la nueva normativa?.
“Hoy en día, todo el mundo tiene claro que la aplicación del Reglamento (CE) Nº1924/2006, aunque su entrada en vigor haya sufrido una demora de más de dos años (prevista para enero de 2010 según el texto), obligará a los profesionales de la nutrición saludable a estar preparados para hacer frente a los cambios radicales que afecten directamente al desarrollo y comercialización de sus productos: comunicaciones comerciales, campañas publicitarias colectivas y de promoción, registro de marca, nombre o denominación comercial, etc.”.

¿Parece ser que la EFSA (European Food Safety Authority) ha sido muy rigurosa con respecto a los criterios de evaluación?.
“La EFSA ha emitido dictámenes positivos y negativos sobre varios ingredientes saludables. ¡Tan solo una lista de 222 declaraciones ha sido aprobada, frente a las 2.758 solicitudes evaluadas!. Hasta el momento, la inmensa mayoría de las declaraciones nutricionales que la EFSA ha aceptado tienen que ver con las vitaminas y los minerales.

Entonces, ¿estos criterios de evaluación no han sido tan rigurosos con los productos a base de plantas?.
“Dado que las declaraciones relativas a las plantas permanecen en lista de espera, por ahora su utilización es posible. Aunque anteriormente hayan sido valoradas de manera negativa por la EFSA, los productos a base de plantas constituyen un verdadero balón de oxígeno para el sector. Además, aportan eficacia científica y son una fuente de innovación”.

¿Por qué representa esto una verdadera ventaja para el sector?.
“Los profesionales tienen ahora la posibilidad de hablar sobre la figura, la esbeltez, la eliminación de agua o las articulaciones, temas que quedaron excluidos en 2011. En efecto, la promoción de un producto en función de sus propiedades saludables es una garantía de éxito para su comercialización a largo plazo”.

¿Cree Ud. que esto puede realmente influir a los consumidores?.
“El consumidor es seducido por las declaraciones nutricionales y propiedades saludables en su primera compra. El mecanismo de recompra está, sin duda, ligado a su satisfacción, y por lo tanto a la eficacia del producto. Algunas veces se menciona que una dosis contiene el 15% de la CDR (Cantidad diaria recomendada) de vitaminas y minerales, pero, en mi opinión, esta declaración no aporta al consumidor un gran beneficio”.

¿Cuándo piensa Ud. que las declaraciones nutricionales de productos a base de plantas serán finalmente evaluadas?.
“Aunque la Comisión Europea no haya mencionado una fecha o plazo alguno, todo nos lleva a pensar que se van a celebrar numerosas reuniones entre la Comisión y la EFSA para determinar de qué manera estos productos serán revalorados. Por lo tanto, no sería disparatado pensar que todavía tenemos un año por delante…”.

Y ya para terminar, ¿Qué consejos daría a los profesionales del sector para acrecentar su notoriedad en el mercado?.
“Para asegurar el crecimiento de ventas de complementos alimenticios en Europa a largo plazo, los profesionales de la nutrición saludable deberán desarrollar fórmulas que integren:

- Ingredientes innovadores y eficaces probados científicamente, y que figuren en la lista de declaraciones nutricionales en espera, según las condiciones óptimas de uso.
- Vitaminas y minerales que permitan el uso de declaraciones nutricionales autorizadas, y que por consiguiente, sea posible comunicar sobre ellos a largo plazo en aplicaciones sanitarias concretas.

Estas dos son las únicas estrategias que garantizan un posicionamiento innovador y eficientes pruebas científicas, condiciones necesarias para convencer al consumidor y generar volumen de negocio. Eso si, muy importante: no olvidar el estatus normativo y las dosis máximas autorizadas en cada país determinado con el fin de lograr ventas seguras”.

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