El diputado Victor Quintana quiere que se realicen averiguaciones correspondientes respecto a irregularidades en relación con la calidad de la leche que forma parte de los desayunos escolares que entrega el DIF Estatal.
Argumento que es del dominio publico que el Sistema DIF Estatal es una institución que tiene por objeto contribuir a la integración de la familia y a resolver, en la medida de lo posible, los problemas que la desnutrición genera en el futuro de los niños y niñas, cuando en los primeros años de la vida no reciben los nutrientes suficientes y de calidad para sortear la propia vida y estar en condiciones de un mejor aprendizaje. Como se sabe mundialmente un nutriente básico en la infancia es la Leche y el DIF realiza importantes esfuerzos para proporcionarlo.
Cabe mencionar que el problema de la desnutrición es un problema aparejado a la pobreza. Por eso es importante que la leche sea de alta calidad y así se exige a través de las políticas de compra dispuesta por los diversos órdenes de gobierno. En Chihuahua por invitación restringida la empresa Lácteos Cerro Grande, S.A. de C.V. resultó beneficiada y se le adjudicó la proveeduría de la totalidad de los lácteos que el DIF Estatal suministra a la infancia.
La empresa proveedora con sede en ciudad Delicias Chihuahua, se obligó a entregar leche entera, natural y saborizada; y lo que está entregando es un producto por debajo de la norma y de pésima calidad en la que están ausentes los elementos como son; la proteína y la grasa, qué es lo que define a la leche.
''¿Por qué hacen esto con los niños y las niñas que menos tienen, los que verdaderamente necesitan el alimento? El DIF-CHIHUAHUA la institución que está para ayudarlos, para sacarlos de la desnutrición no debe prestarse a este engaño.Quiero que Secretaría de la Contraloría del Estado inicie una investigación para valorar los programas del DIF en el estado, especialmente la calidad de la leche que forma parte de los desayunos escolares para la niñez chihuahuense, para que, en su caso, se adopten las acciones preventivas y correctivas necesarias y se finquen las responsabilidades a que haya lugar, haciendo del conocimiento de la Secretaría de la Función Pública del Gobierno federal de todo lo actuado conforme a lo establecido en el artículo 49 de la Ley de Coordinación Fiscal, por tratarse del ejercicio de recursos del Ramo 33.'' menciono el diputado
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